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A raíz de los recientes y muy diversos pronunciamientos de nuestras altas cortes, así como del avance doctrinal en la responsabilidad civil, este texto nace del deseo de unificar criterios en el de por sí problemático derecho de daños. En este tercer y último tomo de Estudios de responsabilidad civil continuamos con el análisis sistemático y coherente que caracterizó los dos tomos previos. Las diversas temáticas relativas a la responsabilidad civil fueron abordadas con el mismo rigor académico e investigativo. Igualmente, los capítulos fueron escritos de cara a una pregunta problematizadora que guio la labor de cada uno de los autores.
Este libro busca suscitar en el contexto de habla hispana una reflexión de talante filosófico sobre la responsabilidad civil extracontractual. Para este fin, pone a disposición del lector una interesante amalgama de trabajos en esta área de estudio. Ofrece, por primera vez en castellano, traducciones de algunas selectas contribuciones de los autores anglosajones más emblemáticos de este campo. Así mismo, incluye trabajos de filósofos del derecho hispanoparlantes, quienes han entrado en los debates propios de esta disciplina con ideas originales y profundas. Finalmente, el libro incorpora varios ensayos de autores colombianos que, desde el punto de vista teórico o dogmático, intentan aportar a estos debates con el desarrollo de intuiciones abstraídas de la práctica de nuestro país o, justo lo opuesto, evaluar algunos aspectos de nuestra práctica de la responsabilidad civil desde una perspectiva teórico-jurídica.
La presente obra estudia la Responsabilidad Civil derivada de la prestación de Servicios que son susceptibles de causar daño a la salud e integridad corporal del usuario o cliente, exista o no una previa relación contractual. Se estudian: · Los servicios sanitarios: medicina satisfactiva y asistencial, cuidado de la salud y del cuerpo. · Servicios asistenciales y de Trabajo Social. · Los de transporte áereo, marítimo y terrestre. · Servicios turísticos: Agencias de viajes, Restaruración y Alojamiento. · Servicios de ocio, parques de atracciones, instalaciones recreativas infantiles públicas y privadas, campamentos, discotecas, ... · Actividades deportivas e instalaciones de recreo, piscinas y parques acuáticos. Espectáculos públicos, Festejos taurinos, Pirotécnica. · Seguros de responsabilidad de profesionales por servicios. Fundamento de la obra: · Ofrece agrupadas en una obra distintas fuentes de responsabilidad que tienen características comunes, fundamentos doctrinales compartidos que exigen soluciones análogas. · Estudio exhaustivo de cada una de las causas originadoras de responsabilidad. · Insuficiencia de la regulación legal e inseguridad jurídica derivada de las contradicciones en los tribunales. · Extenso cuerpo de referencias jurisprudenciales sistematizadas, detallado casuismo que proporcionan las alrededor de 900 sentencias recogidas en un Cdrom con el texto integro de las sentencias citadas y reproducidas en las Bases de Datos Aranzadi.
"Esta exposición tiene por objeto la responsabilidad civil extracontractual. Parece oportuno realizar algunas consideraciones sobre la distinción entre la responsabilidad contractual y la extracontractual y sobre la posibilidad del concurso de las dos responsabilidades cuando las mismas derivan de un hecho dañoso único. La responsabilidad civil ha sido definida como la obligación de soportar la reacción que el ordenamiento jurídico vincula al hecho dañoso; el daño producido por el incumplimiento de obligaciones da lugar a la responsabilidad contractual, y el derivado de los delitos o cuasi delitos a la responsabilidad extracontractual. El estudio de la responsabilidad civil se basa en la distinción entre responsabilidad contractual y extracontractual, aunque el hecho de que muchas normas concernientes al resarcimiento del daño sean comunes a ambos tipos de responsabilidad, haya inducido a muchos autores a formular una teoría general del resarcimiento, del id quod intererest, referible tanto a la responsabilidad contractual como a la extracontractual". Eduardo Bonasi Benucci.
En la presente obra se recogen diversos estudios, todos ellos interesantes, en sede de responsabilidad civil extracontractual, elaborados en los últimos veinte años y relativos a las siguientes materias: culpa, riesgo y responsabilidad civil; los daños morales, casos y procedencia; daños determinantes de responsabilidad médica; responsabilidad civil de los padres por los hechos dañosos de sus hijos; el «efecto 2000» y la posible responsabilidad del fabricante; en fin, aspectos de la responsabilidad civil extracontractual resultante de daños causados por productos defectuosos sin y con la jurisprudencia en la mano.
"La vida diaria ofrece al observador más distraído el espectáculo de una serie múltiple y heterogénea de daños. Daño no significa más que nocimiento o perjuicio, es decir, aminoración o alteración de una situación favorable. Las fuerzas de la naturaleza, actuadas por el hombre, al par que pueden crear o incrementar una situación favorable, pueden también destruirla o limitarla. El concepto de daño se presenta, bajo este aspecto, sumamente amplio, ya que, de hecho, ninguna limitación ofrece el lenguaje ordinario en cuanto al número de lesiones o perjuicios a las que pueda aplicarse la denominación de «daños». Por la facilidad con que puede apreciarse, el daño es objeto del conocimiento común. Pero además de ser un fenómeno físico, puede integrar un fenómeno jurídico, es decir, susceptible de ser jurídicamente calificado y, desde este punto de vista, entra en los dominios del estudio de los juristas. Más específicamente, todavía, el daño, puede ser un efecto jurídico. Ciertamente, perjuicio puede ser padecido por una determinada persona a causa de la inobservancia de una norma, que para obtener un resultado favorable le impone una determinada conducta; por lo que, precisamente el efecto desfavorable, ha sido querido por el derecho, a raíz de la falta de matización de tal comportamiento, o sea, de la inobservancia por él mismo, de aquella norma, y que se traduce en no alcanzar las consecuencias favorables, subordinadas a la observancia de la norma. Este evento dañoso se perfila al ojo del jurista tan pronto como toma en consideración los supuestos de hecho capaces de producirlo. De aquí, que deba ser excluido, con-siguientemente, de este estudio". Adriano de Cupis.
La obra Estudios de responsabilidad civil pretende mostrar al lector diferentes escenarios de la responsabilidad civil, analizando en cada uno de los capítulos las consecuencias que generan los daños causados en la actividad transportadora, especialmente en el campo del transporte aéreo y del transporte multimodal, los daños ambientales y los daños que resultan de la prestación de los servicios de salud, recogiendo las tendencias modernas del derecho de la responsabilidad sobre la aplicación de la teoría del riesgo y la crisis de la teoría de la culpa.
Para nadie es un secreto que la práctica siempre sobrepasa a la teoría, y el Derecho de daños no escapa a esta premisa; es por ello que lejos de ser una materia acabada, la institución de la responsabilidad civil se enfrenta hoy a una evolución de la sociedad que conlleva la posibilidad que en la práctica se presenten situaciones que puedan causar perjuicio a las personas pero que no habían sido pensadas anteriormente por el Derecho. Es por ello que el nuevo Derecho de daños abandona la teoría culpabilista para ubicarse hoy en una perspectiva más proteccionista, que patrocina el estudio del fenómeno de la responsabilidad desde la posición de la víctima, permitiendo la tutela de situaciones antes no protegidas por el Derecho, abriendo así la posibilidad de preguntarse si el hecho de que a un paciente se le niegue la atención, o no sea atendido a tiempo, o el hecho de que se emita un diagnóstico sobre su salud de manera errada, entre otros eventos, puede dar pie a la estructuración de una responsabilidad de carácter civil en cabeza del profesional de la medicina, por considerar que tal conducta ha traído como consecuencia la frustración de las esperanzas -de las oportunidades- que el paciente tenía de obtener un beneficio o evitar una pérdida. Intentar responder a ese interrogante es precisamente el propósito de este trabajo, esto es, reflexionar sobre la nueva visión de la responsabilidad civil que implica un cambio significativo no sólo en relación con sus funciones y su fundamentación misma sino también respecto de la ampliación del espectro de las situaciones que constituyen su fuente; es decir, de los eventos que permiten la configuración de un daño reparable, como sería la aceptación del carácter de indemnizable de la pérdida de una oportunidad en nuestro medio.