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La presente obra es el resultado de una investigación comparativa colectiva sobre la violencia juvenil en diez ciudades de cinco países de América Latina. Los autores de este libro desarrollaron un trabajo sobre las diversas formas de violencia que afectan a los jóvenes en la región, explorando tanto las tendencias de la muerte violenta, como las diversas conductas y la percepción de las agresiones que ellos manifiestan en sus entornos urbanos. Las ciudades y países son Buenos Aires, en Argentina; Sao Paulo en Brasil; Cali y Medellín en Colombia; la capital de Guatemala, y, en México, las ciudades de Cancún, Xalapa, León, Ciudad Juárez y Ciudad de México.
La presente obra es el resultado de una investigación comparativa colectiva sobre la violencia juvenil en diez ciudades de cinco países de América Latina. Los autores de este libro desarrollaron un trabajo sobre las diversas formas de violencia que afectan a los jóvenes en la región, explorando tanto las tendencias de la muerte violenta, como las diversas conductas y la percepción de las agresiones que ellos manifiestan en sus entornos urbanos. Las ciudades y países son Buenos Aires, en Argentina; Sao Paulo en Brasil; Cali y Medellín en Colombia; la capital de Guatemala, y, en México, las ciudades de Cancún, Xalapa, León, Ciudad Juárez y Ciudad de México.
En el transcurso de tres décadas, América Latina ha sido escenario de numerosas reformas a las instituciones de justicia, entre las cuales se encuentra el régimen especializado de adolescentes. La región navega entre dos corrientes: una que promueve los derechos humanos y un régimen garantista, y otra que impulsa políticas punitivas y criminaliza a la juventud. Este libro muestra qué son los sistemas de justicia para adolescentes y en qué medida promueven el reconocimiento de derechos humanos de niñas, niños y jóvenes, procuran la transformación de las conductas ilícitas y proporcionan alternativas de salida. Las autoras y autores comparan cuatro países (Brasil, Chile, México y Uruguay) con sistemas relativamente similares de tratamiento de adolescentes infractores, muestran los desafíos que enfrentan para implementarlo, así como el enorme lastre del pasado punitivo penalista reflejado en las leyes, las instituciones y el comportamiento de las autoridades judiciales y policiales. El panorama general presenta una imagen de un sistema de justicia para adolescentes inacabado y débil que no atiende plenamente los problemas de fondo. Las políticas públicas hacia este sector de la población siguen siendo marginales. En estas condiciones, la posibilidad de las adolescencias de acceder a la justicia seguirá siendo un magnífico reto en América Latina. El libro es resultado de una investigación financiada por el Fondo Conjunto de Cooperación México-Uruguay, de sus agencias nacionales: Agencia Mexicana de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AMEXCID) y Agencia Uruguaya de Cooperación Internacional (AUCI), y de la colaboración de la Universidad de la República y El Colegio de México.
The essays included in this volume provide both an assessment of key areas and current trends in sociology, specifically with regard to contemporary sociology in Latin America, as well as a collection of innovative empirical studies. The volume serves as an effective bridge of communication allowing sociological academies to mobilize and disseminate research dynamics from Latin America to the rest of the world.
La garantía de acceso a la justicia para niños en materia penal no se cumple plenamente, ello se debe -entre otras causas-, a la actual a estructura procesal de administración de justicia: diseñada como una copia del esquema vigente en los adultos.Si el sistema retributivo no responde al principio de interés superior del niño -y quizá plenamente a ninguno de sus derechos-, se hace necesaria una nueva forma de abordar la respuesta penal vigente mediante un diseño de gestión procesal que privilegie la justicia juvenil restaurativa, antes que al castigo puro y simple.Sin abandonar la descripción del sistema procesal penal juvenil, esta investigación se centra en explicar los procedimientos que actualmente existen en la administración de justicia denominada "especializada", pero no solo para desenmascararlos como herramientas de sanción sino para que desde su propia estructura se generen nuevos modos que abran espacios de concertación, diálogo entre partes, y posibiliten el cambio procedimental hacia un sistema juvenil restaurador.Particularmente, se estudian las etapas investigativas, las de juzgamiento, sanción y ejecución de la pena, a las cuales son sometidos los menores de dieciocho años de edad. Todo ello a la luz de la Convención Internacional de Derechos del Niño (en especial los Arts. 12, 37 y 40), describir sí, criticar también, pero planteando caminos de transformación a diseños sencillos de des judicialización y reparación, para que sean las partes y no solo un tercero quienes acuerden esas salidas no violentas de sus situaciones problemáticas, deconstruyendo el binomio delito-pena.Estas ideas permiten reconocer la deslegitimación del poder punitivo y su incapacidad para resolver conflictos, mediante el reemplazo o sustitución por modelos de solución de controversias diferentes. No quisiera llamarlos métodos alternativos de solución de conflictos (MASC), pues lo normal, lo obviamente lógico es que un conflicto se solucione por el diálogo y no por la represión. Lo alternativo, lo anormal realmente es el castigo, no la solución pacífica.El texto aborda desde la práctica un problema básico en materia de Justicia Penal Juvenil, y es la ausencia de cumplimiento entre lo declarativo y la ejecución legal. Y es que si bien la mayoría de países en el mundo han suscrito la Convención de Derechos del Niño, la práctica devela una realidad procedimental carente de eficacia y hasta violatoria del corpus iuris internacional de Derechos Humanos.La pena ha resultado en provocadora de mayor daño del que se quiso evitar, el fin penal logra convertirse en generador de violencia y no en rehabilitación -de ser ese su ideal-. No evita reincidencias, pues por un lado, causa sufrimientos innecesarios que socialmente se reparten en forma injusta; por otro, no tiene efectos positivos sobre las personas involucradas en los conflictos; y -finalmente- su contralor es difícil.Resulta entonces esperanzador el camino restaurativo en tiempos de populismo punitivo. Los procedimientos deben entonces ajustarse y calibrarse para que esos preceptos normativos favorables a los niños y adolescentes, sean en algún momento posibles, advirtiendo que la juventud es una construcción social.Si el interés superior del niño recogido en la Convención de Derechos del Niño, supera la simple legalidad para orientar las acciones de los Estados hacia políticas públicas restaurativas, se impulsa con ello el desarrollo de la cultura, se aspira igualdad y acato de los derechos de humanos en la práctica y no en la mera formalidad.