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El constitucionalismo rígido ha cambiado profundamente la naturaleza del derecho y de la democracia, al imponer a la política límites y vínculos sustanciales, en garantía de los derechos fundamentales constitucionalmente establecidos. Actualmente, el edificio de la democracia constitucional, como modelo teórico y como proye cto político, está siendo agredido por la asimetría entre el carácter global de los poderes económicos y financieros y los confines todavía estatales del derecho y de la democracia; por la abdicación de su papel de gobierno por parte de la política, tan impotente y subordinada a los mercados como omnipotente en relación con los sujetos débiles y sus derechos; por el general desarrollo de la ilegalidad o, lo que es peor, por la ausencia de reglas sobre los poderes, tanto públicos como privados. Por eso, la expansión del constitucionalismo, y la construcción de sus garantías a la alturade los nuevos poderes económicos globales, es la principal tarea de la política y l ...
La presente obra examina el estatus jurídico y moral de los derechos sociales en las sociedades contemporáneas. La autora sostiene que estos derechos deben ser tomados en serio, y protegidos de manera robusta por las instituciones jurídicas, como precondiciones de la democracia. A la pregunta sobre si la protección constitucional robusta de los derechos sociales está justificada en una democracia, ordinariamente se sostiene que hay que elegir entre la supremacía de los tribunales o la superioridad de la asamblea legislativa; pero si se adopta la primera posición habrá que cargar con una disminución en la legitimidad del sistema político por permitir que sean los jueces quienes aseguren los derechos sociales en última instancia, y si se adopta la segunda, el coste consistirá en una mengua en la justicia de las decisiones adoptadas por una mayoría que eventualmente fracasará en la protección de los derechos sociales de todos. La autora considera que este planteamiento en forma de dilema es incorrecto: estar de acuerdo con la importancia de las consideraciones democráticas no implica el rechazo de la protección robusta de los derechos sociales constitucionales. En el libro se argumenta que es viable reconciliar ambas posiciones y aprovechar las fortalezas de cada una para justificar los derechos sociales constitucionales desde la legitimidad democrática. Por ello, incluso para quienes, tomándose en serio los desacuerdos sobre las cuestiones de justicia social, consideran que ellas deberían ser decididas por el órgano legislativo, habría razones para asegurar constitucionalmente los derechos sociales y garantizarlos a través de un mecanismo robusto de control de constitucionalidad.
La democracia está hoy en crisis también en los países donde, hasta hace poco, parecía irreversible. Frente a la idea de que no existen alternativas a la crisis, este libro aboga por tomar en serio el derecho vigente construyendo las garantías de las promesas de paz e igualdad en los derechos fundamentales. La expansión del paradigma normativo del constitucionalismo democrático, configurado como paradigma formal, no es una simple opción progresista, sino una actuación impuesta por las cartas de derechos y la única alternativa realista a un futuro de catástrofes.Como escribe Luigi Ferrajoli, la democracia no es solo una construcción jurídica, sino sobre todo una construcción social y política, dependiente de presupuestos extrajurídicos que el derecho puede tanto promover como desalentar. De esa construcción son elementos indispensables la participación ciudadana, la formación de su sentido cívico, la maduración de una opinión pública que tome en serio el nexo entre paz, democracia, igualdad y derechos fundamentales, y el desarrollo, en el sentido común, de la consciencia de las dimensiones cada vez mayores de los intereses públicos, comunes a toda la humanidad.
This edition of the "Inter-American Yearbook on Human Rights," like the volumes that precede it, includes information concerning the activities of the Organization of American States in the promotion and protection of human rights. It begins with the composition of the Commission and Court, including the biographies of the members, 1988 activities of each body, reproductions of resolutions and reports by the Commission and historic correspondences and decisions by the Court. Also included is an update on the status of the American Convention on Human Rights, which reports the relation of each country to that instrument, followed by resolutions adopted in 1988 by the OAS General Assembly. The year 1988 distinguished itself particularly because the Inter-American Court of Human Rights made its first decision on a contentious case, the "Velasquez Rodriguez" case (Honduras). This historic decision is reproduced in Part Three of this volume. Another important 1988 development in the Inter-American system was the Protocol of San Salvador, or Additional Protocol to the American Convention on Human Rights for Economic, Social and Cultural Rights, reproduced in Part Four. Also included, in its entirety, is a report on the human rights situation in Haiti, a report requested by the Organization of American States Permanent Council in Resolution 502. The "Inter-American Yearbook on Human Rights" is completely bilingual (English and Spanish).
This volume of the Inter-American Yearbook on Human Rights covers the year 1990, and contains all the documents and information (in English and Spanish) concerning the activities of the Organization of American States in the field of the promotion and protection of human rights. Like its predecessors, this Yearbook aims to contribute to a greater awareness of the functions and activities of the organs of the Inter-American system for the protection of Human Rights.
El Diccionario de la Democracia contiene la teoría y la ideología de los regímenes democráticos: sus antecedentes; orígenes; principios; modalidades de deliberación y leyes; sus instituciones clave y variedades, acorde con la clase social que los dirija y el arreglo institucional correlativo. Asimismo compara sus principios, leyes e instituciones con otros regímenes, particularmente con sus opuestos, las oligarquías o gobiernos de pocos, pero también con la república, la tiranía y la realeza; las razones de Estado que permiten su conquista, conservación y estabilidad; las fuentes internas y externas que los amenazan; las maneras de corromperse y las revoluciones que los afectan. Trata también de los usos, costumbres y caracteres democráticos; inventaría los rasgos éticos de la vida democrática, por sí mismos y comprobados con los de los ricos, las clases medias y los tiranos, hasta detallar las relaciones que sostienen entre sí dirigentes y dirigidos, hombres y mujeres, viejos, jóvenes, maestros y alumnos, ciudadanos y animales..., por el impacto que la libertad e igualdad popular tienen en la vida pública y privada de sus pueblos. Parte medular del mismo es la exposición de las doctrinas, dogmas, leyes e instituciones del modelo liberal moderno de la democracia; un credo que se analiza en calidad de justificación del nouveau régime por parte de sus ideólogos modernos más destacados y lúcidos, quienes desvían el significado de las palabras ] democracia ] y ] liberal ] atribuidas sin más a los Estados modernos.