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El trabajo que tiene en sus manos el lector refleja desde una visión académica, aspectos claves para la sociedad actual del siglo XXI, donde el ciudadano medio, en su actividad cotidiana es usuario de redes sociales y motores de búsqueda, dejando un rastro, el cual puede ser difícil de olvidar en el futuro. El eje central de la obra, gira en torno a la figura del derecho al olvido, como remedio para intentar desindenxar contenidos publicados en Internet que pueden crear un daño para una determinada persona, eso sí, la tipología de daños que se analizan son los que se producen en el derecho fundamental a la protección de datos personales, defendiendo el autor la completa autonomía de los mismos, frente a los derivados de los derechos a la personalidad clásicos. En relación con la actividad realizada por el usuario de una red social, se defenderá la condición de consumidor de este, existiendo un régimen de responsabilidad civil contractual en el caso de que la plataforma en cuestión produzca en su actividad algún daño que, deberá ser acreditado, en su derecho fundamental a la protección de datos personales. En definitiva, aludiendo la normativa y jurisprudencia existente sobre la materia, se plasmará en la presente publicación, una dualidad de regímenes de responsabilidad civil, contractual en el caso de daños derivados de las redes sociales y, extracontractual en el supuesto de los motores de búsqueda, a los que se deberá acudir cuando se produzcan daños acreditados en el derecho fundamental ya citado que, además deberán considerarse como daños continuados, analizando detenidamente la correspondiente afectación jurídica de tal consideración.Alejandro Platero Alcón es Doctor en Derecho por la Universidad de Extremadura con la más alta calificación académica (sobresaliente cum laude por unanimidad), tras haber cursado el doble grado en Derecho y en Administración y Dirección de Empresas, galardonado con el premio al mejor expediente académico, habiendo concluido, también, el Master Universitario de Acceso a la Abogacía, y un Master en Investigación Jurídica, ambos de carácter oficial y en universidades públicas. Su principal línea de investigación se centra actualmente en el estudio de las implicaciones jurídicas de las nuevas tecnologías desde la óptica del Derecho civil, fruto de lo cual ha publicado sobre tal materia, primero como becario FPU (Formación Profesorado Universitario) del Ministerio de Educación y luego ya en calidad de profesor de la Facultad de Derecho de Universidad de Extremadura, más de una treintena de trabajos académicos en publicaciones científicas de diferentes países, habiendo realizado, además, diversas estancias de investigación en varias Universidades europeas.
La responsabilidad civil de los titulares de los buscadores de internet (como Google, Yahoo!, Bing) y de las redes sociales (como Instagram, Facebook, Twitter) ha generado, tanto en la jurisprudencia como en la doctrina, más controversias que acuerdos. Nos proponemos estudiar y analizar pormenorizadamente las diferentes posturas que gobiernan la materia en la actualidad y, a su vez, brindaremos al lector una visión renovada que propone una nueva teoría: la responsabilidad obligacional de los titulares de los buscadores y redes sociales, enmarcada en el derecho del consumidor y en los derechos constitucionales. Nos introduciremos en el mundo de internet, examinaremos los derechos constitucionales en pugna y, luego, nos abocaremos a analizar el funcionamiento de los buscadores de internet y su responsabilidad civil, estudiando las teoría subjetiva y objetiva, y proponiendo una teoría obligacional de la responsabilidad. Con igual énfasis, nos enfocaremos también en la responsabilidad de las redes sociales. Finalmente, dedicamos un capítulo completo al estudio de herramientas e institutos procesales relacionados con los reclamos extrajudiciales y judiciales en la materia. Destacaremos cuestiones de competencia y legitimación, la pretensión preventiva, la pretensión resarcitoria, las medidas cautelares y la producción de prueba anticipada. Finalmente, concluimos con un anexo de modelos, que servirán de guía al colega que se embarque en un reclamo contra los buscadores y redes sociales.
En la era digital, el derecho al olvido adquiere un protagonismo ineludible en un mundo donde cada acción, palabra o elección puede quedar perpetuamente registrada en el, casi siempre, imborrable paisaje de Internet. Frente a los motores de búsqueda, este derecho otorga a su titular la facultad de solicitar, bajo ciertas condiciones, la exclusión de enlaces que contengan sus datos personales de los resultados ofrecidos por buscadores, al introducir su nombre y apellidos. Este trabajo examina en profundidad las condiciones que permiten ejercer el derecho al olvido. Aborda una cuestión compleja, en la que el factor tiempo desempeña un papel decisivo, al permitir que un tratamiento de datos inicialmente lícito pueda devenir obsoleto, inexacto o perjudicial con el transcurso del tiempo. La jurisprudencia es un elemento esencial en este análisis, por cuanto la efectividad del derecho depende de una ponderación, que tiene en cuenta diversos elementos, para determinar si prevalece el derecho al olvido sobre el interés en acceder a la información. La relevancia pública juega un papel determinante a estos efectos. Esta cuestión, además, se conecta con los límites entre derechos fundamentales, específicamente entre los derechos del ámbito de la vida privada y los del ámbito de la comunicación, especialmente el derecho a la información. Finalmente, la cuestión territorial en un derecho de alcance global exige considerar no solo la aplicación del derecho en otros regímenes jurídicos, sino también la extensión o aplicación real de las decisiones que respaldan este derecho desde el régimen de protección de datos establecido por la Unión Europea.María Pérez-Ugena, Doctora en Derecho y Profesora Titular de Derecho Constitucional en la Universidad Rey Juan Carlos. Es una destacada experta en el ámbito de los derechos fundamentales. Su amplia experiencia en investigación se ha centrado especialmente en los efectos que la tecnología produce en el ámbito jurídico. A lo largo de su carrera, ha participado activamente en diversos proyectos de investigación, colaborando estrechamente con grupos especializados en esta temática a nivel nacional e internacional. La labor investigadora de la Profesora Pérez- Ugena ha resultado en la publicación de numerosos estudios y artículos académicos, así como en la organización de cursos y conferencias de relevancia tanto nacional como internacional. Su enfoque multidisciplinario y su profundo conocimiento del Derecho Constitucional le han permitido abordar desde una perspectiva informada y rigurosa s cuestiones clave relacionadas con la protección de los derechos fundamentales en la era digital.
El siglo XXI ha comenzado con la revolución digital. Nuestro entorno ya es globalizado y digital. La intimidad y la privacidad son conceptos que han ido evolucionando a lo largo del tiempo, han ido variando en función del momento y de la cultura, y en dicho proceso evolutivo, la tecnología siempre ha sido un factor determinante. Sin duda, la privacidad afronta desafíos importantes a los que habrá que darse una respuesta con un enfoque multidisciplinar, en el que la perspectiva jurídica juega un papel importante. Este libro hace un repaso del concepto y derecho de intimidad, desde un punto de vista histórico, sociológico, doctrinal y jurisprudencial. Explica cómo desde la intimidad se ha evolucionado hacia el derecho a la protección de datos o autodeterminación informativa, hasta llegar a hablar del denominado derecho al olvido, que sería la propia autodeterminación informativa en el ámbito de Internet, más en concreto, el derecho de cancelación y oposición frente a los motores de búsqueda. El derecho al olvido, un derecho cuya denominación ha sido puesta en entredicho por no ajustarse a la realidad o al significado de este derecho en cuestión, es el eje central de este libro. El Reglamento Europeo de Protección de Datos, que se está tramitando en este momento, contempla este derecho y, el pasado 13 de mayo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictó la sentencia en el caso Mario Costeja/AEPD v. Google (C-131/12), concluyendo que existe un derecho a la desindexación de enlaces en motores de búsqueda, en determinadas circunstancias, con independencia de que la publicación de la información en la fuente de origen sea lícita. Asimismo se abordan las diferencias entre el sistema en EE.UU. y en la UE en lo que respecta a la privacidad y, como estas reglas del juego diferentes pueden repercutir en desventaja competitiva y en perjuicio de la innovación en las empresas de la UE. En la medida de lo posible, a retos globales, se necesitan respuestas globales y este libro intenta aportar algunas humildes sugerencias, además de poner sobre la mesa los principales retos que están surgiendo en materia de privacidad en el ámbito digital. La presente obra ha sido galardonada con el premio de Investigación de la Cátedra Google sobre Privacidad, Sociedad e Innovación de la Universidad CEU-San Pablo de Madrid en su primera edición.
El derecho al olvido en Internet. Google versus España, analiza una problemática jurídica emergente en la que singulares derechos fundamentales se ven amenazados por el vertiginoso desarrollo de la moderna sociedad de la información y del conocimiento. El espejismo inicial que invitaba compulsivamente a estar en Internet y a aparecer en los índices de sus buscadores (Google) ha dado paso a una incipiente demanda de cancelación de datos personales en la Red ante el angustioso temor de que los mismos puedan perjudicar tanto en el presente como, fundamentalmente, en el futuro, la imagen, privacidad y reputación individual. Este libro se ocupa del análisis jurídico de toda la casuística conocida por la Agencia Española de Protección de Datos desde 2007 sobre el derecho al olvido y, en particular, del Caso Google vs. AEPD que fue resuelto por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en Sentencia de 13 de mayo de 2014. En esta particular versión litigiosa de David contra Goliat, frente al enarbolamiento de infundados riesgos para el futuro desarrollo tecnológico de la sociedad contemporánea, ha prevalecido la sensibilidad ante una legítima demanda social de garantía del derecho a la protección de datos consagrado en la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea.
La presente monografía constituye una construcción jurídica del novedoso derecho al olvido digital, siguiendo la estructura propia de los derechos subjetivos para configurar su estatus legal como modelo de garantía personal. Para ello se ha estudiado en profundidad el sistema actual de protección de datos y su adaptación al paradigma del Big data, fenómeno de cambio transversal que ha venido a redefinir los códigos, usos y formas de interacción social propios de la posmodernidad.Con la finalidad de desarrollar el derecho al olvido como un derecho fundamental, se analiza el contexto normativo, pero también su configuración jurisprudencial desde una perspectiva de law in action. Así, se delimita el contenido del derecho al olvido, ensanchando sus márgenes garantistas a partir de la integración de cuestiones procesales, así como el análisis de la responsabilidad civil derivada de su aplicación.De este modo, se presenta el derecho al olvido como una respuesta adecuada desde el ordenamiento jurídico a las nuevas condiciones sociales determinadas por el tratamiento de los datos masivos, al mismo tiempo que se reflexiona acerca de las estructuras jurídicas vigentes y sus mecanismos de protección.
El derecho a la supresión de datos o derecho al olvido se analiza por primera vez en la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Gran Sala) de 13 de mayo de 2014 (asunto C-131/12), siendo con posterioridad objeto de tratamiento en varias sentencias de la Audiencia Nacional y Tribunal Supremo, y, también, se regula por primera vez en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 como derecho a que se supriman los datos cuando ya no resultan adecuados, pertinentes en relación con los fines para los que fueron tratados y siempre que en un juicio ponderado no prevalezcan otros derechos como el de libertad de expresión e información. Un derecho que, aunque tiene su propio campo de operatividad, se interrelaciona con otros como el de oposición, cancelación y portabilidad de los datos, y, asimismo, con los principios de calidad de los datos, finalidad y consentimiento. El presente estudio se va a centrar en el análisis de tal derecho desde su reconocimiento por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Gran Sala, en sentencia de 13 de mayo de 2014, hasta su regulación en el Reglamento Europeo 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos), y en la normativa nacional de protección de datos, atendiendo para ello no solamente a cómo se sustancia en tales instancias, sino también a cómo se desarrolla en el ámbito doctrinal y jurisprudencial español y, asimismo, a cómo se interrelaciona y convive con otros derechos regulados en la normativa europea y española de protección de datos, tales como el derecho a la limitación del tratamiento de los datos; el derecho a la portabilidad de los datos; el derecho de oposición del interesado; el derecho a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas; y el derecho de rectificación.
"El libro que tengo el honor de presentar al amable lector, bajo la rúbrica genérica del Derecho de Daños en la era digital, se corresponde con el estudio, desde una perspectiva múltiple del derecho de daños, de algunas de las cuestiones de mayor relevancia práctica y actualidad en el ámbito del Derecho y las nuevas Tecnologías en la era digital a cargo de muy prestigiosos especialistas de la materia pertenecientes a diversas Universidades españolas comenzando, aparte por quien suscribe el prólogo, de la Universidad de La Coruña, por La responsabilidad civil de los derechos fundamentales de la persona en Internet, para continuar con otros estudios procedentes de diversos países americanos y europeos que enriquecen el análisis de una cuestión que, desde luego, tiene alcance mundial y verdadera dimensión transnacional. En estos momentos, se hace necesario mirar hacia delante, hacia el siglo XXI; y cualquiera que así lo haga, se tropezará necesaria-mente con Internet. La red de redes se hace cada vez más útil. Las Ad-ministraciones comenzaron a renovarse con métodos tecnológicos, pero las dudas se acumulan. Debemos cuestionarnos, por ejemplo, si es suficiente con una notificación por correo electrónico, o cómo garantizar la intimidad de los datos en medios electrónicos. Reflexionar y abrir un debate sobre estas cuestiones constituyen los principales objetivos de la obra". Domingo Bello Janeiro Catedrático de Derecho Civil en la Universidad de La Coruña (España)