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Una vez aprobada el 12 de junio de 1996 la Ley Modelo sobre Comercio Electrónico y de Firma Electrónica por parte de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional —CNUDMI— nace el principio de equivalencia funcional, al cual se le dedica éste análisis. Se expone durante el trabajo, cómo el principio de equivalencia funcional ha contribuido a darle vida al derecho sustancial preexistente por medio del uso y la implantación de las nuevas tecnologías de la información y las telecomunicaciones dentro de cada uno de los diferentes marcos jurídicos de los estados. Asimismo, se realiza una descripción sobre cómo algunos países han incorporado dentro de su marco jurídico interno este principio, generando el reconocimiento de validez jurídica y probatoria a los mensajes de datos electrónicos. Este reconocimiento legal ha permitido que las funciones y fines estatales sean optimizados y mejorados por medio del uso de las nuevas tecnologías emergentes. El estudio ha demostrado que gracias al principio de equivalencia funcional se ha logrado armonizar e incorporar al interior de su legislación el uso de nuevas tecnologías y dotar a estas últimas de atributos jurídicos, que para el caso de estudio en concreto, demuestra la mejora en la relación Administración y ciudadanos por medio del procedimiento administrativo electrónico.
La intensa evolución de las tecnologías de la información y de la comunicación, principalmente de Internet, en los últimos años ha supuesto la generalización de su empleo en todos los ámbitos de la sociedad. La sociedad actual se ha habituado a la utilización de las nuevas tecnologías en sus actividades cotidianas, convirtiéndose las mismas en herramientas indispensables para realizar casi cualquier actividad. Las Administraciones públicas españolas se han visto obligadas a adaptar su forma de relacionarse con los administrados, promoviendo la implantación de un nuevo modelo de administrar: la Administración pública electrónica. Estas circunstancias han llevado al legislador español a promulgar, impulsado por las políticas comunitarias y nacionales desplegadas para la implantación de la Administración electrónica, una Ley básica y común que regula de forma unitaria el fenómeno de la aplicación de las tecnologías de la información y de la comunicación en la actuación administrativa: la Ley 11/2007, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. Esta Ley ha de considerarse, a todos los efectos, como la Ley de régimen jurídico de la Administración electrónica y del procedimiento administrativo electrónico común, siendo la equivalente electrónica de la Ley 30/1992, reguladora de la actividad administrativa tradicional. A partir del 1 de enero de 2010, según la Ley 11/2007, se producirá la entrada en vigor efectiva y plena del derecho de los ciudadanos a relacionarse electrónicamente con las Administraciones públicas para la realización de la totalidad de los procedimientos y actuaciones administrativas. La implantación de la Administración electrónica es una obligación legal y, en consecuencia, debería materializarse de inmediato. El presente trabajo pretende poner de manifiesto las modulaciones que la utilización de las nuevas tecnologías ha producido en las Administraciones públicas, profundizando en el análisis jurídico de los principios rectores de la Administración electrónica y de los instrumentos necesarios para poder articular el nuevo modelo de administrar. La tecnología ha penetrado en el régimen jurídico de las Administraciones públicas y en el procedimiento administrativo común convirtiendo la Administración presencial en Administración electrónica.
Las Administraciones públicas vienen incorporando medios electrónicos tanto en su actividad técnica o prestacional como en su actividad formal, en sus actuaciones y relaciones jurídicas.• Guía práctica/manual para el estudio del régimen legal del uso de los medios telemáticos por las Administraciones y demás entidades del sector público.• Completamente actualizado para la plena entrada en vigor, en octubre de 2018, de la nueva Ley del Procedimiento Administrativo Común.Destinado a abogados administrativistas, administraciones públicas, municipios y provincias y empresas contratistas con las AA.PP, asesorías y gestorías.Para aprovechar las ventajas del progreso tecnológico e impulsarlo, con el orto de la Sociedad de la Información, las Administraciones públicas vienen incorporando medios electrónicos tanto en su actividad técnica o prestacional como en su actividad formal, en sus actuaciones y relaciones jurídicas. Y con la dilatada entrada en vigor de la más reciente legislación administrativa básica ?la Ley del Procedimiento Administrativo Común y la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público?, el entorno digital está llamado a convertirse en el medio natural del procedimiento administrativo.Una novedad para la que ha sido necesario actualizar las normas clásicas sobre el origen subjetivo, lugar, tiempo, modo y aun contenido de las actuaciones jurídicas para que pueden proveerse con sistemas digitales de identificación y firma, sedes y registros electrónicos, bases de datos, documentos y archivos digitales, notificaciones telemáticas, algoritmos y aplicaciones, plataformas informáticas, redes de comunicaciones, etc., con igual o superior seguridad que en el entorno tradicional.Con el estilo y la sistemática propia de un manual, adoptando un enfoque sencillo, que no simple, evitando el uso de tecnicismos o explicando su significado y poniendo la regulación vigente en el contexto histórico e institucional que puede ayudar a interpretarla, incluso en lo referente al tratamiento de datos personales, este libro quiere servir tanto para apoyar el estudio del procedimiento administrativo digital en las aulas universitarias como para completar la formación de profesionales del Derecho sin estudios informáticos o de técnicos informáticos sin estudios jurídicos. Y también para acercar la realidad de la Administración electrónica al público en general.
La colección colectivos del Centro para la Integración y el Derecho Público (CIDEP) compila artículos de exponentes del foro nacional e internacional sobre temas de especial interés jurídico. Este título, dedicado al uso de las tecnologías de la información y comunicación por parte de la Administración Pública, cuenta con las siguientes colaboraciones: I. Reflexiones en torno a la modernización e innovación en la Administración Pública. 1. La simplificación de trámites administrativos y el uso de las Tecnologías de la Información y Comunicaciones - TICs, Juan Domingo Alfonzo Paradisi. 2. Regulación tributaria de las criptomonedas en Venezuela. "Estado del arte", Jonás E. Aponte A. 3. Expediente administrativo electrónico, protección de datos de carácter personal y transparencia administrativa, José Rafael Belandria García. 4. Los medios electrónicos en la contratación pública venezolana, Alejandro Canónico Sarabia y Leticia Espinoza Carrión. 5. Interoperabilidad: entre el avance europeo y el desconcierto latinoamericano. El caso colombiano, Edgar Mauricio Gracia Díaz. 6. El acto administrativo electrónico, Salvador Leal Wilhelm. 7. Hacia un modelo de Administración digital auténticamente innovador. Cinco tesis y una "anti-tesis" sobre los derechos de los ciudadanos en sus relaciones con la Administración por medios electrónicos en el contexto del procedimiento administrativo, Isaac Martín Delgado. 8. Aproximación al uso de redes sociales por parte de la Administración Pública, Gabriel Sira Santana. II. Control político y dominación social. Análisis y propuestas para transitar hacia la legalidad y la transparencia. 9. El e-oscurantismo de la Administración Pública venezolana, Alejandro Gallotti. 10. La Administración electrónica, la destrucción de los mecanismos de mercado y la corrupción en Venezuela, José Ignacio Hernández G. 11. Del Gobierno Electrónico y el derecho a la defensa. ¿Existen por los momentos límites a la intervención en e-gobierno? José Gregorio Silva Bocaney. III. Análisis jurisprudencial. 12. Consideraciones en torno a la jurisprudencia relativa a la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación en procedimientos administrativos, Carlos Reverón Boulton. 13. La Administración electrónica en las decisiones de la Sala Político-Administrativa del TSJ (2000-2018), Gabriel Sira Santana.
Debido a la entrada en vigor de la Ley para el Acceso Electrónico de los Ciudadanos a las Administraciones Públicas los trabajos que contiene el libro pretenden despejar las posibles dudas que plantee esta nueva Ley. Se ofrecen soluciones útiles relacionadas con la Administración electrónica y se analizan, además, las consecuencias más relevantes que comporta su aprobación
Esta obra colectiva tiene tres partes claramente diferenciadas. La primera aborda la regulación de las nuevas tecnologías, un fenómeno de este tiempo de la postmodernidad que requiere de ser entendido y comprendido desde el derecho, pues estas nuevas realidades deben realizarse con pleno respeto al ordenamiento jurídico y, por ello, protegiendo, defendiendo y promoviendo la dignidad humana y los derechos fundamenta-les de las personas. En la segunda parte se pasa revista a la interacción entre nuevas tecnologías, prácticas de mejora regulatoria y Administración pública, poniéndose de relieve la importancia de estudiar casos de buenas prácticas regulatorias en la Administración pública realizadas a través de las nuevas tecnologías. Finalmente se abordan las condiciones, las dificultades y los problemas que existen para garantizar la institucionalidad y el control de los procesos regulatorios a través de las nuevas tecnologías.
Contiene la siguiente normativa sobre administración electrónica, actualizada a octubre de 2016: Ley 59/2003, de 19 de diciembre de firma electrónica.Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, del Ministerio de la Presidencia, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica.Real Decreto 1495/2011, de 24 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público, para el ámbito del sector público estatal.Orden HAP/566/2013, de 8 de abril, por la que se regula el Registro Electrónico Común.Real Decreto 806/2014, de 19 de septiembre, sobre organización e instrumentos operativos de las tecnologías de la información y las comunicaciones en la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos.Artículos relacionados con la materia de administración electrónica de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Se complementa con notas a pie de página así como índices sistemático y analítico por materias para facilitar su consulta.